viernes, 28 de enero de 2011

SESION DE COMITE DE EVALUACION Y SGUIMIENTO

DRAMATIZADO BASADO EN EL REGLAMENTO DEL APRENDIZ SENA

Problemas de convivencia
Nancy:           Aprendiz
Natalia:          Instructor del programa de formación
Derly:             Representante de los aprendices
Estefanía:     Coordinadora misional del centro de gestión administrativa
Jazmín:         Aprendiz líder del programa de formación
Leidy:             Funcionaria de apoyo al bienestar de aprendices
Ingrith:           Coordinadora académica
Edward:         Subdirector

Llega carta de notificación

Bogotá, enero 12 de 2011
Aprendiz:
Nancy Mireya Muñoz
C.C. # 1033898923
Gestión Documental y de la Información

Referencia: Citación a sesión de comité de evaluación y seguimiento.
Estimada aprendiz, le informamos por medio de la presente que ha sido citada a comité de evaluación por problemas de formación en algunos llamados de atención que se han presentado de la siguiente manera:
·         Verbal:          24 de noviembre de 2010
·         Escrita:         1 de diciembre de 2010
Dicha reunión se llevara a cabo el día 24 de enero de 2011 a las 9:00 am, en las instalaciones del centro de gestión administrativa y será revisado por el comité de evaluación y seguimiento.
Día de la citación
Coordinadora misional: según el área de gestión documental es como requisito indispensable la realización de las prácticas en la etapa productiva y así mismo el aplazamiento de esta etapa y naturalmente de la entrega del título.
Según el capitulo 5 en el articulo 6 especifica los pasos y competencias de conocimiento siendo este un requisito para poder graduarse.
El nivel de esta falta es grave ya que ha incurrido consecutivamente en problemas de convivencia y agresión verbal con el instructor Antonio Sánchez del contrato de aprendizaje.
Instructor del programa de formación:   Yo no apoyo a la aprendiz Nancy porque a faltado 3 veces consecutivas con el Instructor Antonio Sánchez de Contrato de aprendizaje, se le dieron varias oportunidades para que siguiera con su contrato de aprendizaje y no lo aprovecho, mi decisión es que se le cancele la matricula.
Representante de los aprendices: expreso mi opinión, el cual no es justificar la falta de la aprendiza en cuanto a comunicación con los funcionarios sino que se debería condicionar su matrícula y realizar un plan de mejoramiento.
Aprendiz líder del programa: en este caso yo la apoyo, ya que ella ha demostrado ser una persona muy colaboradora y respetuosa en nuestro ambiente de trabajo, de todas maneras ella paso sus evidencias solo que las entrego en fecha distinta a la asignada.
Subdirector: en relación de los descargos y de todas las pruebas aportadas al expediente y analizando los hechos, la calificación sancionatoria definitiva que se impone es la de matrícula de condicionamiento y teniendo en cuenta que inicia la práctica, se le aplaza hasta el siguiente semestre con seguimiento disciplinario y compromiso de plan de mejoramiento y de acuerdo a su desempeño en la empresa le será entregado su titulo o le será cancelado el registro de matrícula.
Esta sanción le será notificada al aprendiz, por medio de esta acta sancionatoria en la que se fundamenta la decisión y los deberes que tendrá el aprendiz en su contrato de aprendizaje.

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